Peritos Judiciales en Madrid: Informes y Soluciones Legales.

Refuerce su caso con un Informe Pericial sólido y defendible en sede Judicial

Nuestro Compromiso:

  • Enfoque técnico y jurídico (civil, penal, laboral o contencioso).

  • Alcance y viabilidad pericial definidos por escrito, evitando informes genéricos o incompletos.

  • Dictamen claro y estructurado (metodología, hallazgos, evidencias, anexos y conclusiones).

  • Soporte al letrado para preparar preguntas, aclaraciones y defensa técnica del informe.

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Metodología y garantía de calidad. Trabajamos con un criterio de trazabilidad y transparencia :

  • Recopilación y preservación de evidencias (documentación, registros y soporte digital).

  • Análisis técnico fundamentado en normativa, buenas prácticas.

  • Redacción orientada a utilidad procesal: precisión, claridad y lenguaje claro.

  • Confidencialidad y objetividad: independencia técnica y rigor pericial.

  • Ratificación en sede judicial: defenderemos su caso ante el juzgado si fuera necesario.

Preguntas frecuentes

Un perito judicial es un profesional con conocimientos técnicos o científicos que elabora un informe pericial para ayudar al juez a comprender hechos que requieren especialización. Su función es analizar, comprobar y valorar elementos del caso (documentos, daños, circunstancias técnicas, etc.) y emitir conclusiones fundamentadas. Además, puede ratificar el informe en sede judicial y responder a las preguntas de las partes y del tribunal.

Conviene contratar a un perito cuando existe un conflicto donde es necesario probar técnicamente un hecho: daños, defectos, incumplimientos, valoraciones económicas, accidentes, autenticidad de evidencias, entre otros. También es recomendable antes de iniciar una demanda, para evaluar viabilidad, cuantificar perjuicios y preparar una estrategia probatoria sólida. En muchos casos, un buen informe pericial facilita acuerdos y evita litigios prolongados.

Depende de la complejidad, el volumen de documentación, la necesidad de inspección presencial y la urgencia del asunto. En términos generales, un informe sencillo puede completarse en pocos días, mientras que casos complejos (múltiples daños, análisis comparativos, reconstrucciones, cálculos detallados) pueden requerir varias semanas. Para estimar plazos con precisión se valora el caso, se solicita documentación y se define el alcance del trabajo.

Habitualmente se requiere toda la información disponible: contratos, presupuestos, facturas, comunicaciones, fotografías, informes previos, atestados, pólizas, partes, historiales técnicos y cualquier evidencia relacionada. Si existe procedimiento judicial, también es útil aportar demanda, contestación y resoluciones. Cuanta más documentación se entregue desde el inicio, más eficiente será el trabajo y mejor quedarán definidas las conclusiones y la cuantificación.

El precio depende del tipo de pericia, urgencia, desplazamientos, complejidad técnica, necesidad de mediciones o pruebas, volumen documental y si incluye ratificación en juicio. No existe una tarifa única: cada caso requiere presupuesto en función del alcance real. Lo recomendable es solicitar un presupuesto detallado que especifique entregables (preinforme, informe final, anexos) y servicios adicionales (reuniones, ampliaciones, ratificación).

Sí. Un informe pericial puede impugnarse si se considera incompleto, técnicamente débil, contradictorio o insuficientemente fundamentado. Además, en determinados supuestos, puede solicitarse la recusación del perito por causas legalmente previstas (por ejemplo, falta de imparcialidad o conflicto de interés). La forma habitual de combatir un informe es mediante contrapericial, aclaraciones, ampliaciones y una ratificación técnica sólida.

El proceso habitual es:

(1.-) contacto inicial y breve descripción del caso.

(2.-) revisión de documentación y definición del objetivo probatorio.

(3.-) presupuesto y aceptación.

(4-.) inspección o análisis documental.

(5-.) emisión del informe con anexos; y, si procede.

(6.-) ratificación en juicio.

Para agilizar, es recomendable enviar desde el inicio un resumen del problema, fechas clave, documentación disponible y qué se pretende demostrar o cuantificar.

Somos colaboradores del Ministerio de Justicia, actuando como Peritos de Parte según el art. 336.1 de la LEC y como Peritos Judiciales conforme al art. 339.

Aplicamos los principios de la norma UNE-EN 16775:2016, que establece los requisitos generales de calidad, independencia y competencia para los servicios periciales en toda Europa.

¿Por qué confiar en nosotros?

Somos Colaboradores del Ministerio de Justicia, tanto en nuestras actuaciones como Peritos de Parte en base al Artículo 336.1 de la LEC como cuando intervenimos como Peritos Judiciales según el Articulo 339.

Gabinete ARES ha implementado las premisas que establece la norma española UNE-EN 16775 sobre los requisitos generales para los servicios periciales.